Así operaba el presunto desfalco millonario en Barra Payán, según el Ministerio Público

El Ministerio Público expuso en su solicitud de medida de coerción los detalles del presunto esquema de desfalco millonario que habría afectado a la empresa Comercial Barra Payán, S.R.L., y que involucra a tres de sus administradores: Marcos Antonio Frías García, Juan Ismael Frías García y Dagoberto Cabrera.

De acuerdo con el expediente acusatorio, los hechos se habrían producido entre los años 2019 y 2022, período durante el cual los imputados, aprovechando la confianza depositada en ellos como socios y administradores, habrían incurrido en abuso de confianza y administración desleal, distrayendo fondos de la empresa por un monto aproximado de RD$39,784,661.18.

La investigación sostiene que el principal modus operandi consistía en no depositar la totalidad de las ventas diarias en las cuentas bancarias de la empresa. Esta práctica generó diferencias recurrentes entre los registros manuales elaborados por las cajeras y los montos que efectivamente ingresaban al sistema financiero.

El presunto esquema incluía, además, la retención sistemática de dinero en efectivo, así como el uso de recursos de la empresa para fines personales, entre ellos el pago de compromisos privados. Según el Ministerio Público, los imputados también habrían comprometido financieramente a la sociedad mediante la contratación de préstamos sin la debida autorización de la asamblea de socios, lo que colocó a la empresa en una situación cercana a la insolvencia.

Las conclusiones se apoyan en un Informe de Auditoría Forense realizado por un perito autorizado y avalado por el Instituto de Contadores Públicos Autorizados de la República Dominicana (ICPARD), documento que respalda el monto total del presunto perjuicio económico.

Como víctimas del proceso figuran los socios Juan Santiago Frías Paulino, Juan Abraham Frías Paulino, Yeimy Cantalicia Frías Paulino y Juan Carlos Frías Beltrán, quienes interpusieron la querella penal.

El órgano persecutor calificó jurídicamente los hechos como violatorios del artículo 408 del Código Penal Dominicano, y procedió al arresto de los imputados el 5 de febrero de 2026, en virtud de una orden emitida por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.

En cuanto a la medida de coerción, el Ministerio Público solicitó al tribunal la imposición de una garantía económica de RD$1,000,000, además de impedimento de salida del país y presentación periódica, al considerar que los imputados no cuentan con el arraigo suficiente para descartar el peligro de fuga.

No obstante, el conocimiento de la medida fue aplazado sin fecha fija luego de que se presentara una recusación contra la jueza Fátima Veloz, titular de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional. La magistrada decidió remitir el incidente a la Presidencia de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que deberá designar una sala para determinar si la recusación tiene mérito conforme al procedimiento legal.

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